Código Etico
Son principios fundamentales rectores del el ejercicio profesional del Detective Privado los siguientes:
1 - Independencia
El Detective Privado actuará con toda libertad e independencia, sin otras limitaciones que las impuestas por la ley, o por las normas éticas o deontológicas, siendo este actuar, garantía de objetividad en el desarrollo de las investigaciones que le encomienden sus clientes.
2 - Honestidad
El Detective Privado debe ser veraz, leal y diligente en el desempeño de su función y en la relación con sus clientes, colegas y Administraciones públicas, observando la mayor deferencia y evitando con los mismos posiciones de conflicto.
3 - Dignidad
El Detective Privado debe actuar conforme a las normas de honor y de dignidad de la profesión, absteniéndose de todo comportamiento que suponga infracción o descrédito.
4 - Interés del cliente
El Detective Privado debe atender con diligencia los intereses de su cliente, incluso cuando éstos resulten contrapuestos a los suyos propios, a los de un colega o a aquellos de la profesión en general.
5 - Carácter reservado de las investigaciones
El Detective Privado tiene el derecho y el deber de guardar secreto profesional de todos los hechos y noticias que conozca por razón de su actuación profesional.
6 - Incompatibilidades
El Detective Privado debe respetar en cada momento el régimen de incompatibilidades legales vigentes para el ejercicio de la profesión.
7 - Compromiso
El compromiso con la búsqueda de la veracidad obliga al Detective Privado a informar únicamente sobre hechos de los cuales conoce su origen, y obtenidos, en su caso, a través de medios materiales o técnicos que no podrán atentar contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones.
8 - Veracidad
La veracidad de la información aportada por el Detective Privado en sus Investigaciones para con su cliente y ante la Administración de Justicia ampara su libertad de expresión y el deber de ratificación, que deberán ser ejercidos de forma responsable.
9 - Función social
El Detective Privado como partícipe en la función pública de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como con la Administración de Justicia, orientará sus actuaciones como servicio a la sociedad.
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Madrid, España.
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